lunes, 28 de septiembre de 2009

LA PRESERVACION DEL CIERRE DE LA ESCENA DEL CRIMEN

LA PRESERVACION DEL CIERRE DE LA ESCENA DEL CRIMEN


Cuando ocurre un hecho contra la vida, como un asesinato se habla de la escena del crimen, pero no debemos olvidar que también un robo tendrá una escena del crimen, seria donde se perpetro dicho robo, es por esto que primero daremos un concepto del termino escena del crimen dentro de la terminología pericial forense, la llamada escena del crimen se le conoce o califica al lugar donde ocurre un hecho delictivo que para cada caso en concreto, se trata del lugar donde se comete un ilícito penal. De modo que no es otra cosa que un plano de acontecimientos directamente ocasionados por la comisión de un hecho delictivo; en donde se aplicara una investigación científico criminal; dado a que este es el sitio que aportara gran cantidad de indicios y elementos claves para una buena inducción. Por ello, es de suma importancia su preservación.

Es así que considero que el cierre de la escena del crimen o la finalización de las diligencias realizadas en el lugar de los hechos, se refiere a la clausura en forma temporal, total o indefinida del lugar donde ocurrió un delito.


Terminada las investigaciones efectuadas por el pesquisa y los diferentes peritos de inspección criminalística, se determina lo correspondiente a la preservación y cuidado del lugar de los hechos para garantizar la intangibilidad de los elementos, rastros o indicios que pueden existir y para evitar cualquier pérdida, alteración o contaminación a la que pudieran exponerse.

Corresponde autorizar las diligencias y los hechos ocurridos a la autoridad judicial o el representante del Ministerio Público, el cierre de la escena del delito en protección de las pruebas o evidencias que demostraran a futuro el delito.

Los procedimientos que se utilizan varían según el lugar donde acontecieron los hechos es por esto que es importante que las medidas que se adopten sean acordes con la escena del crimen donde se produjo el delito a donde acuden frecuentemente muchas personas por curiosidad; continué aislada o protegida para continuar con investigaciones futuras y así lograr que no desaparezcan evidencias necesarias para continuar con la investigación.

Por lo que esta disposición es sumamente importante ya que se refiere a que ninguna persona podrá circular normalmente por el circuito demarcado, denominado cierre temporal de la escena del crimen, colocando, cintas de seguridad o sogas con avisos o letreros, con anotaciones grandes y legibles que indiquen: “ESCENA DEL CRIMEN PROHIBIDO EL INGRESO”, permitiendo dar a conocer al público general y personal no autorizado a circular por el área protegida.

Debemos tomar en cuenta que para cada escena del crimen debe seguirse procedimientos especiales, tomando en cuenta las siguientes escenas donde surgirán los hechos delictivos.
Escenas primarias y escenas secundarias.
Escenas abiertas y escenas cerradas
Escenas mixtas.

A modo de referencia daré un concepto de solo dos tipos de escenas, escenas en lugar abierto y escenas de delitos en lugares cerrados.

Escenas abiertas: En un lugar abierto se deberá demarcar toda la escena y en lugares visibles se colocara un letrero donde se indique por disposición judicial la prohibición del ingreso de toda persona a la zona demarcada y restringida.

Escenas cerradas: En un lugar cerrado se deberá emplear los medios de seguridad que dispongan en las vías de acceso, colocándose un candado nuevo y la llave tendrá que entregársele al juez que ve la causa.
Deberá también pegarse un papel que haga conocer la disposición legal emanada por la autoridad judicial donde indique dicha prohibición del ingreso de toda persona no autorizada que intente ingresar a dicho lugar, este aviso
se colocará en la unión del cierre de las puertas de ingreso, de modo que no se
pueda abrir sin que se rompa dicho documento.

Todas las veces que se necesite realizar nuevas diligencias, se debe pedir
Autorización a la autoridad judicial que ve la causa y que clausuró el lugar; una vez cumplidas se renueva la clausura.
Solo por mandato judicial escrito se dará término al cierre de la escena del
delito, cuando se haya concluido toda diligencia por parte de los peritos.
Debemos tener presente que el cierre de la escena del crimen depende del
hecho delictivo o se presume, que ocurrió en el lugar.

Por lo que es así que es de vital importancia que la Policía Nacional en su función de investigación y en lo dispuesto en las normas sobre investigación, bajo la conducción y disposición del Fiscal, podrá llevar a cabo entre otras diligencias lo siguiente:

Ø Vigilar y proteger el lugar de los hechos a fin de que no sean borrados los vestigios,
Ø Huellas y evidencias del delito.
Ø El asegurar y definir la escena completa, y determinar y anotar todas las vías de acceso y
Ø salida.
Ø El aislar el perímetro con algún tipo de barrera o cualquier material que para ese efecto
Ø cuente.
Ø El Permanecer en la escena del crimen, hasta el final del cierre de la investigación.

Esta es la importante labor de aislar y proteger la escena del crimen, con la finalidad de lograr la intangibilidad y conservación de la escena que consiste en: conservar y mantener el lugar sin cambio alguno, sin que nada sea tocado ni movido, y evitar el acceso de personas no autorizadas que puedan destruir, alterar, aumentar o extraer intencional o inadvertidamente las evidencias fundamentales para el esclarecimiento de los hechos

LA PRESERVACION DE LA ESCENA DEL CRIMEN